Municipio - Secretaría Municipal de Planificación

Requisitos para autorizaciones de paradas, rutas - Mototaxis y/o Triciclo a Motor (Toritos)

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA OTORGACIÓN DE AUTORIZACIONES DE PARADAS, RUTAS, RENOVACION Y PERMISOS EXCEPCIONALES
REQUISITOS PARA LA OTORGACIÓN DE AUTORIZACIONES DE PARADAS Y RUTAS
Artículo 19. La Secretaría Municipal de Planificación a través de su instancia correspondiente realizará la revisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Autonómica Municipal Nº 149/2019 de Transporte y Tránsito Urbano y en el presente reglamento. Si cumplen con los requisitos se procederá a realizar la inspección in situ para elaborar el informe técnico de viabilidad o inviabilidad de la solicitud.
Artículo 20. (REQUISITOS) Los requisitos para solicitar la autorización de uso de rutas y paradas para servicio de transporte público urbano son los siguientes:
IV. MOTOTAXIS y/o TRICICLO A MOTOR (TORITOS)
📌 NOTAS IMPORTANTES:

• La prestación de servicio de transporte público a través de los motorizados Toritos deberá ser prestado en el DM Nº 1 con aquellos que estén afiliados a objeto de la promulgación de la Ley Autonómica Municipal Nº 149/2019 con los preexistentes que vienen prestando el servicio, queda terminantemente prohibido incrementar el número de motorizados de Toritos a partir de la aprobación del presente Reglamento.

• En el caso de la primera emisión de autorización de prestación de servicio y paradas, en el marco del presente reglamento, deberán presentar su Licencia Ambiental al Gobierno Autónomo Municipal La Guardia en el plazo de 6 meses de emitida la autorización, de no presentarlo en el plazo establecido dicha autorización queda sin efecto automáticamente. Para la segunda y en adelante solicitud de autorizaciones deberá presentar obligatoriamente su Licencia Ambiental.
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