Municipio - Secretaría Municipal de Planificación

Requisitos para autorizaciones de paradas, rutas, renovación y permisos excepcionales

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA OTORGACIÓN DE AUTORIZACIONES DE PARADAS, RUTAS, RENOVACION Y PERMISOS EXCEPCIONALES
REQUISITOS PARA LA OTORGACIÓN DE AUTORIZACIONES DE PARADAS Y RUTAS
Artículo 19. La Secretaría Municipal de Planificación a través de su instancia correspondiente realizará la revisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Autonómica Municipal Nº 149/2019 de Transporte y Tránsito Urbano y en el presente reglamento. Si cumplen con los requisitos se procederá a realizar la inspección in situ para elaborar el informe técnico de viabilidad o inviabilidad de la solicitud.
Artículo 20. (REQUISITOS) Los requisitos para solicitar la autorización de uso de rutas y paradas para servicio de transporte público urbano son los siguientes:
I. MINIBUSES y/o MICROBUSES
📌 NOTAS:

• Toda solicitud de renovación, baja, certificación, ampliación de rutas, paradas y horarios deberá ser solicitada a través del representante legal de la entidad.

• La incorporación de nuevos socios o motorizados, antes que presten el servicio de transporte público urbano, deberán ser puestos a conocimiento del Ejecutivo Municipal.

• Se respetarán las paradas establecidas y las rutas pre-existentes en las paradas finales a una distancia de 300 mts.

• En el caso de la primera emisión de autorización de prestación de servicio y paradas, en el marco del presente reglamento, deberán presentar su Licencia Ambiental al Gobierno Autónomo Municipal La Guardia en el plazo de 6 meses de emitida la autorización, de no presentarlo en el plazo establecido dicha autorización queda sin efecto automáticamente. Para la segunda y en adelante solicitud de autorizaciones deberá presentar obligatoriamente su Licencia Ambiental.
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